Amigos y amigas, copio a continuación la ley de Circos sin Animales aprobada por el gobierno de Evo Morales.
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| La ley aprobada en el Congreso Nacional de Bolivia |
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO 1 (Del Objeto). El objeto de la presente Ley es eliminar el uso de animales silvestres y/o domésticos en espectáculos circenses en todo el territorio nacional, por considerarse la práctica un acto de crueldad en contra de los animales.
ARTICULO 2 (De la Prohibición). Queda terminantemente prohibido el uso de animales silvestres y/o domésticos en espectáculos circenses en todo el territorio nacional.
ARTICULO 3 (Del Plazo). Los circos tienen un plazo de un año para adecuar sus espectáculos en todo el territorio nacional; plazo en el cual el Órgano Ejecutivo queda encargado de presentar la Reglamentación de la presente Ley.
ARTICULO 4 (De las Sanciones). El incumplimiento impondrá el decomiso de los animales silvestres y/o domésticos y sanciones pecuniarias que deberán ser reglamentadas, sin perjuicio de la acción civil y penal que corresponda.
ARTICULO 5 (De las Autoridades). Quedan encargados de la aplicación, cumplimiento y difusión de la presente Ley: el Órgano Ejecutivo, los Gobiernos Departamentales y los Gobiernos Municipales.
ARTICULO 6 (Derogaciones). Quedan derogadas todas las disposiciones contrarias a la presente Ley.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinte días del mes de mayo de dos mil nueve años.

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